Seleccione nombre del subsidio y otros beneficios
Nombre del programa o beneficio | Fuente legal | Fecha de publicación o dictación (dd/mm/aaaa) | Enlace a la publicación o archivo correspondiente | Objetivo del subsidio o beneficio | Unidad/órgano interno/dependencia que lo gestiona | Período de aplicación o de vigencia (dd/mm/aaaa - dd/mm/aaaa) | Unidad monetaria | Monto total asignado al programa o beneficio | Enlace a los requisitos y antecedentes para postular | Periodo o plazo de postulación | Criterio de acceso | Enlace a mayor información | Enlace a nómina de beneficiarios |
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Programa Aprendices | • Resolución Exenta N° 1016 "Aprueba Instructivo para la Ejecución de Planes de Aprendizaje 2015". • Resolución Exenta N° 2366. Modifica Resolución Exenta N° 1016 que Aprueba Instructivo para la Ejecución de Planes de Aprendizaje 2015". | • 05/03/2015 • 19/05/2015 | • ver enlace • ver enlace | Insertar laboralmente a jóvenes mayores de 15 años y menores de 25 años. El Programa Aprendices posee el doble objetivo de generar empleabilidad al aprendiz y productividad a la empresa y/o sector productivo, a través del desarrollo de competencias que le permitan a persona llevar a cabo una ocupación. | Departamento de Capacitación en Personas. | 01/01/2015 al 31/12/2015 | Pesos | 1.030.000.000 | ver enlace | 05/03/2015 al 31/12/2015 | a) Las empresas contribuyentes de Primera Categoría del Decreto Ley N°824, sobre Impuesto a la Renta, conforme a lo establecido en el artículo 20 de dicho cuerpo legal. b) Los contribuyentes del artículo 22 de la citada ley, esto es, pequeños mineros artesanales, pequeños comerciantes que desarrollan actividades en la vía pública, los suplementeros, los propietarios de un taller artesanal u obrero y los pescadores artesanales, inscritos en el registro establecido al efecto en la Ley General de Pesca y Acuicultura. c) Las empresas que formen parte de los rubros económicos identificados en el presente instructivo. Las empresas que posean la calidad de persona jurídica, deberán estar inscritas en el Registro de Entidades Receptoras de Fondos Públicos del SENCE (receptores.sence.cl), conforme lo establece la Ley Nº19.862 y su Reglamento, contenido en el D.S. Nº375, de 2003, del Ministerio de Hacienda. | ver enlace | ver enlace |